Por lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesta por la parte actora recurrente en contra de la sentencia de fecha 10 de enero de 2018, emanada del Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada. TERCERO: se declara la PRESCRICION de la acción pretendida; en consecuencia se declara SIN LUGAR la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por el ciudadano VICTOR RAMON RADA TOVAR, contra la entidad de trabajo CERVECERIA POLAR, C.A. CUARTO: No hay condenatoria en costas.