DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado José Ricardo Aponte, inscrito en el IPSA bajo el N° 44.438, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAFAEL ANTONIO MENDIBLE RODRÍGUEZ, titular de la C.I. V-6.941.502, contra la sentencia de fecha 24 de mayo de 2016, dictada por el Tribunal Décimo Tercero (13°) de de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de abstención y carencia ejercido por la parte actora.- TERCERO: No hay condenatoria en costas. CUARTO: Se ordena la notificación de las partes. QUINTO: Se ordena remitir copia de la pr.....