Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora,. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada. TERCERO: REVOCA la decisión de fecha 17 de marzo de 2017, dictado por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano Rodolfo Zarrillo Grieco contra la entidad de trabajo Osiris C.A (Manufacturas Químico Industriales). QUINTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión