Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: REVOCA el auto dictado en fecha: 07 de agosto de 2019, mediante el cual el JUZGADO SEXTO (6º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, oye en ambos efectos la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora en fecha 19 de marzo de 2019. SEGUNDO: REPONE la causa al estado de que el JUZGADO SEXTO (6º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ordene la notificación de la parte actora, ciudadano: Angel Armando Niño Mendez, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de.....