PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 23 de septiembre de 2009, por el abogado RAFAEL ALÌ GARRIDO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de septiembre de 2009, oída en ambos efectos en fecha 25 de septiembre de 2009. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por cobro de beneficio de alimentación intentada por los ciudadanos LARRY BARRIENTOS FERNANDEZ, JOSE DOMINGO ALVIAREZ ZAMBRANO, HENRY GARCIA, RICHARD RINCON, JOSE LUIS REY, NELSON PEÑA, YANIO ACEVEDO, JESUS OLIVAR, BENITO BENCOMO y JUAN LINARES en contra de la firma personal AUTO SERVICIOS MARCO SCIUTO y AUTO SERVICIOS MSB, C. A. TERCERO: Se condena a la firma personal AUTO SERVICIOS MARCO SCIUTO, y a las empresas AUTO SERVICIOS MSB C.A. y AUTOSERVICIOS MARCO SCIUTO, C.A., a pagar a los accionantes.....