En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno (9º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado FRANK MARCELO ACOSTA MARCANO inscrito en el IPSA bajo el Nº 140.123 actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, en contra de la sentencia de fecha 01/08/2017 dictada por el Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito de Trabajo, la cual declaró: 1.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por los apoderados judiciales antes identificados, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 219-16 en el expediente signado con la nom.....