Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: EXTEMPORANEA la apelación interpuesta por el abogado JOSÉ MANUEL RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en fecha 03 de febrero de 2009, contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de enero de 2009, en el juicio que le sigue el ciudadano JONATHAN RAMON RODRIGUEZ contra COMPUSERMAN INTERNACIONAL, C.A. y COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV). SEGUNDO: REVOCA el auto dictado por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución.....