Ahora bien, visto que los apoderados judiciales de las partes, están debidamente facultados para ello, que existe una sentencia de primera instancia que declaró parcialmente con lugar la demanda, que las partes luego de celebrada la audiencia de alzada decidieron conciliar este asunto para lo cual sostuvieron reuniones y analizaron las ventajas y desventajas de la transacción, que consta el consentimiento libremente manifestado, las partes han manifestado actuar de mutuo acuerdo, la transacción consta por escrito, que versa sobre derechos litigiosos o discutidos, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y de los derechos en ella comprendidos, que esa cantidad no merma derechos irrenunciables y comprende el pago de los conceptos reclamados y condenados por la sentencia recurrida, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Tra.....