Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de mayo de 2009, por el abogado HERMOGENES SAEZ EMPERADOR, en su carácter de apoderado judicial de DISTRIBUIDORA DOBLE SKORP, C. A. y DISTRIBUIDORA SUPER SKORP, C. A., terceros opositores, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuadragésimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de mayo de 2009, oída en un solo efecto en fecha 15 de mayo de 2009. SEGUNDO: SIN LUGAR la oposición al embargo formulada por DISTRIBUIDORA DOBLE SKORP, C. A. y DISTRIBUIDORA SUPER SKORP, C. A., en fecha 27 de abril de 2009. TERCERO: CONFIRMA la se.....