Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 20 de mayo de 2014 por la abogado MARÍA DANIELA VALENTE, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 15 de mayo de 2014, por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia apelada. TERCERO: CON LUGAR la demanda que por cobro de indemnizaciones por infortunio laboral y otros conceptos incoara el ciudadano CRUZ LORENZO SANCHEZ PAREDES contra la sociedad mercantil CERVECERIA POLAR C.A., PLANTA LOS CORTIJOS. CUARTO: Se ordena a la demandada CERVE.....