Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, reproduce el fallo cuyo dispositivo fue dictado por el Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, el 24 de octubre de 2008, en consecuencia, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por la abogado YARILLIS VIVAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha dos (02) y publicada en fecha nueve (09) de Junio de 2008, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo ello en virtud de la demanda que por Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoara la ciudadan.....