este Tribunal Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido en fecha 01 de marzo de 2018, por la abogada MARYURIS LIENDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 95.203, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 08 de marzo de 2018, por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio de éste Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida dictada el 08 de marzo de 2018 por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio de éste Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.- TERCERO: SIN LUGAR la demanda po.....