PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 2 de abril de 2009, por la ciudadana ELSA RAMIREZ, en su carácter de Factor Mercantil de la empresa VIGILANTES DEL ZULIA, C.A. asistida por la abogado LOIDA R. GARCIA ITURBE, Inpreabogado No. 22.588, contra la sentencia dictada el 27 de marzo de 2009, por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 7 de abril de 2009, en el juicio seguido por el ciudadano LUIS PARRA DIAZ contra VIGILANTES DEL ZULIA, C. A. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada.