Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CONFIRMA la sentencia consultada dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 15 de mayo de 2014, conforme a lo establecido en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la FUNDACIÓN TEATRO TERESA CARREÑO contra la Providencia Administrativa signada con el No. 0662-2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" Sede Caracas Sur, de fecha 28 de julio de 2010, contenida en el expediente N.....