éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 25 de enero de 2017, por los abogados MARIA QUEVEDO y JAIME PIRELA, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 20 de enero de 2017, por el Juzgado Trigésimo Cuarto (34º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por el ciudadano RAUL ALBERTO SILVA contra GRABADOS PLACADIP, C.A. y solidariamente, los ciudadanos ALEXANDER ALBERTO ORTIZ PEÑALOZA y ALBERTO ALEXANDER ORTIZ PEÑALOZA. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia apelada. TERCERO: NIEGA la solicitud de declarar medidas preventivas nominadas e innominadas en contra de los codemandados. CUARTO: No hay.....