Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 10 de agosto de 2009, por el ciudadano CARLOS FERNANDO MUÑOZ MONTOYA, titular de la Cédula de Identidad No. 23.617.038, asistido por el abogado JESUS RAFAEL NOVOA, contra la decisión contenida en el acta dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 05 de agosto de 2009, oída en ambos efectos por auto de fecha 13 de agosto de 2009, en el juicio seguido por la ciudadana ELMINIA BOLIVAR MONRROY contra CARLOS FERNANDO MUÑOZ MONTOYA. SEGUNDO: Se condena en costas del recurso a la parte demandada apelante.