Único: Inadmite por extemporáneo, el recurso de apelación de auto interpuesto el 25 de agosto de 2016, por ciudadano José Jerónimo Millán, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, matricula Nº 142.037, abogado defensor del ciudadano Placido Rafael López, titular de la cedula de identidad Nº V.-6.950.224, contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, en fecha 12 de agosto de 2016, mediante la cual acordó admitir la acusación presentada por la Fiscalia Centésima Cuarta (104ª) del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas