Por los argumentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
Primero: Admite el recurso de apelación interpuesto por el abogado Omar Arturo Sulbaran Dávila, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, matricula Nº 32.419, defensor de los ciudadanos, Jubrail Elías Obayi Hayek y Morris Julián Obayi Hayek, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 9.999.999 y V-11.061.424 respectivamente, contra la decisión publicada en extenso en fecha 31 de octubre de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial del estado Vargas, mediante la cual condenó a los referidos ciudadanos a cumplir la pena de un (01) año de prisión por la comisión del delito de Violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 d.....