Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda Accidental de Reenvío en lo Penal Para El Régimen Procesal Transitorio con competencia en Violencia Contra La Mujer de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana ROSAURA SANCHEZ LUNA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 3.806.922, asistida en este acto por los profesionales del derecho ALEJANDRO QUINTERO POLANCO y ANA KARINA GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédula de identidad Nº 6.205.853 y 12.392.120, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo los Nros. 53.934 y 80.302, respectivamente, con domicilio procesal en la Av. Lecuna, esquina de Cipreses, Edific.....