Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por la ciudadana MARIA ALEJANDRA VERGARA ORTEGA, actuando en el carácter de víctima, debidamente asistida por la profesional del derecho ANA MARIA CERMEÑO, en la causa seguida contra el ciudadano EMILIO ALFREDO MOLINARY MAVARE, titular de la cédula de identidad Nº V.-6.973.419, de conformidad con lo establecido en el artículo 439 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en consonancia con el artículo 307 eiusdem, contra la decisión dictada en fecha 23 de mayo de 2018, por el Juzgado Quinto (05º) Itinerante en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Á.....