Por las razones que anteceden, esta Sala Segunda de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio con Competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, DECLARA ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Abogado TOMMY JOSE DUGARTE MONSALVE, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana JANITZIA DEL VALLE SALAZAR MARTIN, en la causa seguida al imputado FEDERICO GUILLERMO LOYNAZ LARA, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Áre.....