PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las ciudadanas JESSICA MARIA VOLWEIDER ROMERO y YULISNEIDA RAMIREZ, Defensoras Públicas Provisoria y Auxiliar Octava (08º) con Competencia especial en Materia de Violencia contra la Mujer, en su condición de defensoras del ciudadano BRITO BERNAL FERNANDO JOSE, en contra de la decisión dictada 02 de septiembre de 2015, por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en delitos de Violencia contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, por medio de la cual declaró Sin Lugar la solicitud de decaimiento de la medida interpuesta por mencionada defensa, de conformidad con lo previsto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerdan a favor del ciudadano BRITO BERNAL FERNANDO JOSE, las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, previstas en los numerales 3, 6 y 8 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.....