Se dictó decisión Nro. 11 mediante la cual se ADMITE el recurso de apelación de autos interpuesto el 14-11-2016, por la Abogada SORAIMA PEREZ, Defensora Pública Nº 07 con competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, en audiencia de flagrancia celebrada en fecha 11 de Noviembre de 2016 y emitido su auto fundado en fecha 13-11-2016, mediante la cual decretó la Medida Judicial Privativa Preventiva, de conformidad con lo establecido en el articulo 236 numeral 1, 2 y 3, 237 y 238 numerales 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal; en la causa seguida al imputado JOSE VENANCIO REY, titular de la cédula de identidad Nº V.-22.392.241, a tenor de lo dispuesto en el articulo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, nomenclatura AP01-S-2016-008739 (del referido Juzgado).