Admite el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Arirramy Henrriquez, Fiscala Provisoria Centésima Sexagésima (160°) del Ministerio Púdico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia para intervenir en las fases intermedia y juicio oral, contra la decisión dictada en fecha 30 de septiembre de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, en la cual declaró con lugar las pruebas testimoniales promovidas por la defensa al considerarlas temporáneas en la causa seguida contra el ciudadano José Ignacio Gerbasi Pagazani, titular de la cedula de identidad Nº V-11.216.452.
Regístrese, déjese copia, notifíquese y solicítese las actuaciones originales en los términos del último aparte del artículo 441del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal y cúmplase.