Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Admite el recurso de apelación presentado por la ciudadana Nevida Vargas, Defensora Pública Segunda en Materia de Violencia Contra la Mujer del Estado vargas, actuando como representante legal del ciudadano Antonio Ponte Pestana, titular de la cédula de identidad N° V-6.124.894, contra de la decisión dictada en fecha 11 del mismo mes y año, mediante la cual el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de la misma Circunscripción Judicial; no así, la contestación del mismo por parte de la representación fiscal al presentarlo extemporáneamente, como fue el 4 día de la notificación, tal como se indica en el correspondiente cómputo.