Motivado a lo anteriormente descrito y, considerando que estamos en presencia de un Amparo contra la presunta Denegación de Justicia, esta Sala, conforme al articulo 17 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales y dado que el juez o jueza de amparo con fundamento en la Sentencia Nº 522/2000, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), puede dictar providencias de oficio y con ello solicitar la información que requiera para sustanciar la causa sometida a su consideración, siempre que contribuya al esclarecimiento de la situación jurídica denunciada como infringida; acuerda, solicitar mediante Oficio al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial lo siguiente:
1.- Fecha en la cual la Representación Fiscal Centésima Quincuagésima (150ª) del Ministerio Público, realizó el acto de imputación del ciudadano Luís Alfonso Dávila Contreras, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.288.496.
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