Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Declara Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por las profesionales del derecho la ciudadana Carmen Amelia Chacin Materán y el ciudadano Ramón Alfredo Medina Martínez, abogada y abogado inscrita e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 58.485 y 43.599 respectivamente, defensora y defensor privado del ciudadano Galo José Chiera Garrido, titular de la cédula de identidad Nº V-7.975.970, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de junio de 2015, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, mediante la cual negó realizar la evaluación psiquiátrica y psicológica por pa.....