Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
ÚNICO: SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por el abogado HENRY O. SANCHEZ M., actuando en la condición de defensor privado del ciudadano FELIX DAVID MADRIZ JASPE, titular de la cédula de identidad Nº V-14.892.455, según se aprecia de conformidad con lo establecido en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del pronunciamiento dictado el , durante el acto de la audiencia preliminar, por el Juzgado Cuarto (04º) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, en el cual admitió la prueba de EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, VERIFICACIÓN Y TRANSCRIPCIÓN DE.....