Por las razones que han sido expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana NEIDA VARGAS, Defensora Pública Segunda (2º) en Materia Especial de Violencia del estado Vargas, actuando en defensa del ciudadano JUAN CARLOS ALEMAN SALVATIERRA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.224.525, en contra de la decisión dictada el 12 de febrero de 2016, por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en delitos de Violencia contra la Mujer del estado Vargas, por medio de la cual decretó Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, al referido ciudadano; quedando modificada la referida decisión, solo en cuanto a su calificación jurídica, manteniéndose única.....