Por las argumentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley::
ÚNICO: ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, para que en un lapso de veinticuatro horas de recibidas las presentes actuaciones, notifique a la víctima a fin de ratificar el escrito recursivo o interponga nuevo recurso y designe su representación legal, hasta un máximo de tres abogados o abogadas, mediante poder autenticado especial para el asunto penal que nos ocupa, y corregido el vicio, remita nuevamente el presente cuaderno para su debida tramitación ante esta Alzada. En caso contrario, deberá subsanar de acuerdo con lo previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres.....