Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda Accidental de Reenvío en lo Penal Para El Régimen Procesal Transitorio con competencia en Violencia Contra La Mujer de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta la profesional del derecho ANABELLA CARVALLO CAPELLA, Defensora Pública Primera (1°) Suplente en Materia de delitos contra la Mujer adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, defensora del ciudadano imputado VIVAS PÉREZ LEONARDO, contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 04 de Junio de 2009, mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el me.....