PRIMERO: Se declara Parcialmente CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta en fecha 26 de Agosto de 2014, por el ciudadano EXSSEL ALÍ BETANCOURT OROZCO, representado por su apoderado judicial ANGEL DARIO SOLER RAMIREZ, por violación del artículo 26, 51 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
SEGUNDO: Se ORDENA al Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial; proceda a emitir el pronunciamiento que a bien haya a lugar, bajo su apreciación, convicción y de forma razonada; dentro del lapso comprendido en la parte in fine del artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, ante la solicitud de aclaratoria sobre el Cese de las Medidas de Protección y Seguridad contenidas en el artículo 87 (hoy 90) numerales 3, 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres de una Vida Libre de Violencia, que fueron efectivamente señaladas como levantadas en la decisión de fecha 05.....