Único: Admite con fundamento en el articulo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la inhibición propuesta por la ciudadana Carmerys Materano Medina, en su condición de Jueza Suplenta de esta Corte de Apelaciones, se inhibió conforme lo dispuesto en el artículo 89 numeral 6 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal de conocer la tramitación procesal de la causa Nº 01-DPIF-F104-0483-2012 seguida al ciudadano Luís Alfonso Maestre Cuello, titular de la cedula de identidad Nº V-16.342.077, relacionada con el Asunto Nº CA-3078-16-VCM, correspondiente al recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos Alejandro Quintero, Alberto José Dávila y Luís Martinez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, matriculas Nos. 53.934, 27.795 y 24.854; considerando innecesario constatar el pronunciamiento alegado en virtud de evidenciarse inequívocamente el mismo. Regístrese, déjese copia de la presente decisión y Cúmplase