DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal 2º en funciones de Juicio del Circuito Judicial Con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 375 eiusdem, resuelve: PRIMERO: Se condena al Ciudadano JORGE ENRIQUE CARDENAS CHACON, venezolano, cédula de identidad número V-10.172.556, edad 41 años, nacido el día 16-03-72, residenciado Avenida Solano, Residencia Solano, Torre C, Apartamento 606, Piso 6, Técnico Superior como grado de instrucción, oficio comerciante, hijo de Felipe de Jesús Cárdenas Colmenares y Maria del Rosario Chacón Labradora cumplir la pena de UN (01) AÑO DE y SEIS MESES (06) MESES de prisión por la comisión del delito de de Violencia Física Agravada previsto y sancionado en el artículo .....