Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Violencia contra la Mujer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de la defensa de que se decrete el sobreseimiento de la causa, por cuanto la acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, de conformidad con lo previsto en el artículo 108 numeral 5 y 110 ambos del Código Penal. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de la homologación del acuerdo transaccional, celebrado ante la Notaria Pública Vigésima Segunda del Municipio Libertador del Distrito Capital, por cuanto los tipos penales de Violencia Física, Violencia Psicológica y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 16, 17, y 20 de la referida Ley vigente para la fecha, delitos estos imputados por la Representa.....