Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por falta de afecto marital, en atención a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09/12/2016, No. 1070/16, instaurada por los ciudadanos BELKIS JOSEFINA GONZALEZ y JORGE ENRIQUE GONZALEZ BOSCAN, titulares de la cedula de identidad No. V-10.436.386 y V- 11.287.065, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo estado Zulia, asistidos por el abogado en ejercicio OMAR SPITIA, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 263.852, de igual domicilio, en consecuencia, se declara disuelto en divorcio el vinculo matrimonial que contrajeran por ante el Jefe Civil y Secretarios resp.....