IV.-DISPOSITIVO:
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto, formulada por la ciudadana KEYLA MERCEDES MORALES SOTO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V- 11.281.224, domiciliada en el municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra el ciudadano MARCOS SERGIO OCANDO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No V- 12.356.026, domiciliado en Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintiocho (28) de Diciembre de 1998, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo .....