A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos JOSÉ CONCEPCIÓN CAMPOS MILLAN y LUCILA MARÍA GONZALEZ MONTAÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos V-8.484.627 y V-10.885.280 respectivamente. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 26 de diciembre de 1990, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta Nº 455, de los Libros de Registro Civil del año 1990. Se ordena librar oficio a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registro Principal del Distrito Capital y a la Oficina Regional del Consejo Nacional Electoral del Distrito Capital, anexándoles copias certificadas de la presente sentencia y del auto de ejecución de la misma.