-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos CELINA COROMOTO VIVAS PEREZ y GUSTAVO CUEVAS CASTILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad números V-5.011.583 y V-4.814.756, respectivamente; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 06 de agosto de 1998, ante el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el número 142, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1998.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridade.....