DECRETA medida preventiva de secuestro sobre el siguiente vehículo Marca: FIAT, Modelo: 963-N7; Año: 1.976; Color: BLANCO, Serial de Motor, Tipo: VOLTEO, Uso: CARGA; Serial de Carrocería: 0015212; Serial del motor: 72364, Placas: 012XFV; el cual deberá ser entregado a la parte actora según lo prevé la norma citada; para garantizar la práctica de la medida preventiva de secuestro decretada, en conformidad con las previsiones establecidas en el único aparte del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, se decreta como medida complementaria, la detención del vehículo antes descrito; para lo cual se ordena librar oficio a las autoridades del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (I.N.T.T.) con la finalidad que sean giradas las instrucciones pertinentes, y que una vez detenido el mismo sea puesto a la orden de este Tribunal sin dilación alguna. Cúmplase.
LA JUEZ
ARELIS FALCON LIZARRAGA
EL SECRETARIO ACC.,
DAHIL ESCALONA
En esta misma fecha se libró oficio Nº.....