Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos LISBETY ODREMAN VERA y JONATHAN DAVID PEREZ VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-11.997.776 y V-10.870.410, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos ante el Registrador Civil de la Parroquia Cachamay del Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, en fecha 13 de agosto de 2011, según se evidencia del Acta de Matrimonio N° 229, del Libro de Registro de Matrimonios respectivo.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a la.....