Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos presentada en fecha 24 de noviembre de 2016, por el Abogado HECTOR EDUARDO COLL GARCIA DE LA CONCHA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 98.887, actuando en carácter de apoderado judicial de las ciudadanas VERONICA HELENA YOUNG RODRIGUEZ e ISABELLA VICTORIA YOUNG RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V- 16.929.603 y V-17.926.833, respectivamente, mediante la cual solicitó se declare a sus representadas, como Únicas y Universales Herederas del De Cujus IAN CARMERON YOUNG MAXON, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-3.472.903, este Tribunal previo al pronunciamiento requerido, observa:
De la revisión exhaustiva de la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, así como de los documentos aportados a la misma, se evidencia claramente del acta de defunción Nº 143 de fecha 24 de abril de.....