Se dictó sentencia definitiva mediante la cual se declaró: La FALTA DE CUALIDAD ACTIVA de las sociedades mercantiles Inversiones Erida, C.A., Inversiones Asand, C.A., Inversiones Astan, C.A., y otras. CON LUGAR la pretensión por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de la Prórroga Legal, intentada por la ciudadana ASTRID MARÍA VON DER OSTEN DE BRANDT, contra la sociedad mercantil GLOBAL LAB 58, C.A. En consecuencia, SE CONDENó a la parte demandada a hacerle entrega a la parte actora la cosa arrendada, constituido por un inmueble denominado "Quinta Aleluya", ubicada en la avenida Mohedano, entre la segunda y tercera transversal de la Urbanización La Castellana, Municipio Chacao del Estado Miranda. Se condenó a la demadnada al pago de sumas de dinero y las costas procesales.