En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos que dispone el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la OPOSICIÓN a la medida de secuestra decretada en fecha 30 de noviembre de 2016 y ejecutada en fecha 05 de diciembre de 2016, ejercida mediante escrito de fecha 08 de diciembre de 2016, por la representación judicial de la parte co-demandada, ciudadano Frank García Balbi, la cual recayera sobre un inmueble constituido por: Una (01) oficina signada con el número y letra "3-B", ubicada en el piso cuatro (3), del Edificio denominado como "FOR YOU", situado en la Avenida San Juan Bosco, entre primera (1ª) y segunda (2ª) transversal de la Urbanización Altamira, Municipio Chacao del ahora Estado Boliva.....