HA LUGAR la solicitud de aceptación de herencia a beneficio de inventario presentada en fecha 30 de enero de 2019, por la ciudadana ALEJANDRINA MUJICA DE ORIOL, venezolana, mayor de edad, viuda, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-2.575.240, actuando en su condición de tutora de su hija, ciudadana JACQUELINE ANGELICA ORIOL RINCON, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Condado de Franklin, estado de Kentuchy de los Estados Unidos de América, titular de la cédula de identidad Nº V-6.913.066; y en consecuencia, téngase como aceptada a beneficio de inventario por parte de ALEJANDRINA MUJICA DE ORIOL, y por parte de la mencionada entredicha JACQUELINE ANGELICA ORIOL RINCON, a beneficio de inventario la herencia dejada por el de cuyus JOAQUIN JACK ORIOL CAVAGLIANI, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-964.876.