Se declara procedente en derecho la FALTA DE CUALIDAD de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO MARGARITA, presidida por la ciudadana MARIA FELIPA CATANESE, para ser llamada y sostener el presente juicio que por NULIDAD DE ASAMBLEA, incoara en su contra ISABEL CRISTINA QUINTANA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N.º V-9.483.273., por intermedio de su apoderado judicial abogado ALEX TORREALBA CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.º 18.553.