III
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos María Eugenia Rodríguez Blanco y Lannet Ciril Rodríguez Castro, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad números V-11.033.016 y V-10.094.833, respectivamente; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 25 de noviembre de 1994, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Sucre del estado Miranda, según consta en acta de matrimonio n° 693 durante el año 1994.
Ofíciese lo conducente a la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Sucre del estado Miranda; al Registrador Principal del estado Miranda y al Consejo Nacional Electoral, a los.....