III
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Mario Antonio Blanco Rivas y Paula Marina Castillo de Blanco, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-4.088.657 y V-4.436.563, respectivamente; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 20 de agosto de 1976, ante el Registro Civil de la Parroquia Petare del Municipio Sucre, estado Miranda, según consta en acta n° 3, inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios correspondiente al año 1976.
Ofíciese lo conducente al Registro Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del estado Miranda; al Registrador Principal del estado.....