Este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana De Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 7,8,11,12, 14, 15 y 18 la Ley de Propiedad Horizontal, y los artículos 1277y 1746 del Código Civil y 12, 254 y 630 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR LA DEMANDA que por COBRO DE BOLIVARES por deuda de condominio, sigue el CONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CARABOBO PLAZA, registrado ante la Oficina Subalterna del segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito capital en fecha 28 de septiembre de 1983, bajo el N° 13, Tomo 47, Protocolo Primero. El reglamento de dicho documento se encuentra registrado ante la misma Oficina de Registro bajo el N° 1292 del Cuaderno de Comprobantes del Tercer Trimestre del año 1983; contra la ciudadana ZULAY TERESA PALMA APARICIO, mayor de ed.....