este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 43 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial y 859 y siguientes del Código de Procedimiento y 1.133, 1.134, 1.135, 1.160, 1.167 y 1.264, del Código Civil Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) del inmueble constituido por (1) Un Local comercio destinado a Consultorio Medico que se subdivide en dos cubículos, consultorio medico identificado con el numero uno (01) y consultorio medico con el Numero (2) ubicado en el Centro Profesional Pérez Bonalde Calle La Castellana, entre la Avenida Bolivar y Calle Colombia piso 1 Local 1-B Catia, Parroquia Sucre, Municipio Libertador, propiedad del demandante, sigue ciudadana ROSSANA TURRI .....